También, aquellos accidentes “in itinere”, es afirmar, aquellos sufridos por el trabajador al ir y retornar de éste. Sin embargo, para que sea catalogado de esta manera, se requiere de lo posterior: que el accidente ocurra en el camino de ida o Revés; que no se generen interrupciones entre el https://frankq257xcf5.wikigop.com/user