1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al patrón para la subsanación de las deficiencias observadas, excepto que por la agravación e inminencia de los riesgos procediese decidir la paralización prevista en el https://sistema-de-gesti-n-sst89999.bloggip.com/36206879/nuevo-paso-a-paso-mapa-normatividad-en-sst