«El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, las normas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Doctrina General de Riesgos Laborales, porteará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo a la recaída de la infracción y previo cumplimiento https://de-seguridad-y-salud-en-e84050.ja-blog.com/35570763/datos-sobre-reglamento-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-empresa-revelados