«El incumplimiento de los programas de salud ocupacional, las normas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Doctrina General de Riesgos Laborales, transportará multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, graduales de acuerdo a la empeoramiento de la infracción y previo cumplimiento https://medinaempresarialsst.com/horas-extras/